Hasta ahora en España se consideraba a los animales como un “bien mueble” más, transable o embargado como si fuera un carro o una vivienda. La legislación no contempla qué pasaba con una mascota en caso de ruptura familiar.

Los animales eran considerados como meros objetos por lo que podían ser embargados o incluidos en herencias sin otra consideración que su valor monetario, pero ahora serán reconocidos como seres vivos dotados de sensibilidad.

Este martes se debatió la modificación del Código Civil para cambiar este estatus de los animales. Aún se considerarán como propiedades que se pueden cambiar o comprar, podrán ser usados en espectáculos, pero es un gran avance para los derechos de los animales.

Por primera vez en el Congreso todos los partidos se han puesto de acuerdo y han votado a favor de la propuesta presentada por el Partido Popular.

Una de las peculiaridades de la modificación es la introducción de normas relativas a las crisis matrimoniales. Con la nueva norma se introducen preceptos destinados a concretar el régimen de custodia de los animales de compañía. Significa que un juez tomará la decisión de a quién entregar el cuidado del animal después de un divorcio, situación que antes no contaba con un respaldo jurídico.

La reforma sitúa a España al mismo nivel que Alemania, Austria, Suiza, Francia o Portugal, pioneros en cambiar la consideración legal de los animales como cosas.

Las corridas de toros siguen siendo otro de los debates abiertos en este país. Mientras que varias ciudades han prohibido la actividad taurina, el Partido Popular, el mismo que ha llevado al Congreso la propuesta sobre los animales, persiste en mantener esta práctica como parte de la cultura y del patrimonio español.

Derechos de los animales en Colombia

El año pasado la Corte Constitucional resolvió uno de sus debates más complejos en los últimos meses. ¿Son los animales bienes inmuebles o no? El alto tribunal señaló que son bienes muebles que pueden ser comercializados, es decir comprar o vender, incluso pueden tener efectos tribunales.

Sin embargo, se reitera, son seres que sienten, que merecen buen trato y atención. El maltrato puede ser penalizado por la ley colombiana. Las acciones violentas ejecutadas en su contra tienen un castigo, señalando que tienen una protección que no puede ser omitida por los ciudadanos.

Este pronunciamiento se hizo al resolver una demanda por inconstitucionalidad contra los artículos 655 y 658 del Código Civil en los que se califica a los animales como “cosas inanimadas” y muebles.


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